Con el objetivo de impulsar el desarrollo del mercado de alquiler de viviendas, se ha aprobado la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios.
La mencionada Ley entró en vigor el día 24 de diciembre de 2009 y prevé como novedades más significativas las siguientes: El propietario podrá instar el desalojo cuando el inquilino le adeude un mes, rápida ejecución del desalojo, posibilidad de acuerdo de condonación de la deuda por desalojo voluntario, juicio verbal, se amplían los supuestos en que no procede la prórroga obligatoria del contrato, se limita el plazo para la solicitud de asistencia jurídica gratuita al inquilino demandado, se restringe el régimen de notificaciones del inquilino demandado, se exige menos unanimidad en las comunidades de propietarios para obras sostenibles.