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Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Euriopea se pronunciase el pasado 21 de diciembre, varias son las noticias que se han ido conociendo en relación a la nulidad de la Cláusula Suelo y como consecuencia muchas son las dudas que se les plantean a los consumidores en relación a este tema. En Onda Cero Melilla, Begoña Tubio quiso resolver a sus oyentes todas las cuestiones relativas a esta materia, contanto con la intervención de D. Rachid Mohamed Hammu, Director de Lazaar Abogados, quien se encargó de dar respuesta a las cuestiones más comunes que le surgen a todo afectado.

Rachid Mohamed Hammu hizo hincapié en lo relevante de esta noticia y en la confianza depositada desde el inicio en que los clientes consiguiesen la devolución integra de las cantidades. Para comprobar si una hipoteca incluye una cláusula suelo y cuantificar la repercusión presente y pasada de dicha cláusula abusiva, los profesionales de Lazaar Abogados animan a los melillenses a informarse y sobre todo asesorarse siempre por profesionales en la materia.

Desde la Lazaar Abogados resaltamos la nueva posibilidad que presenta la sentencia del TJUE a iniciar reclamaciones sobre entidades como BBVA. Si bien es cierto, que tras la sentencia del Supremo del 9 de mayo de 2013, BBVA fue el primero en dejar de aplicar la cláusula suelo a sus hipotecados, seguido de Cajamar y Banco Sabadell, entre otros. Sin embargo muchos fueron los clientes que pagaron desde aproximadamente 2009 hasta 2013 una cantidad de dinero que no les correspondía. Es ahora cuando se les presenta a los afectados de BBVA, Caja Mar o Banco Sabadell la oportunidad de reclamar esas cantidades con la seguridad que les aporta esta  satisfactoria sentencia, pudiendo no solo conseguir que se declare la nulidad de esa cláusula si no verse sobre todo compensados económicamente.

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), los bancos deberán devolver todas las cantidades indebidamente cobradas  sin la limitación a mayo de 2013, en esta sentencia se rechazado que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser «incompleta e insuficiente»

 


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